Actualizado a mayo de 2026 — Legislación española
Finiquito por jubilación: qué se cobra al jubilarse, cómo se calcula y ejemplos
Llega el momento de jubilarse después de años de trabajo y surge una duda que muchos no se plantean hasta el último día: ¿cuando te jubilas te dan finiquito? La respuesta es sí. La jubilación, como cualquier otra extinción de la relación laboral, genera el derecho a percibir el finiquito. Pero tiene particularidades que conviene conocer. Aquí te explicamos todo sobre el finiquito por jubilación con ejemplos reales.
¿Hay finiquito cuando te jubilas?
Sí, absolutamente. La jubilación es una causa de extinción del contrato de trabajo y, como tal, genera el derecho a percibir el finiquito con los mismos conceptos que en cualquier otra extinción: salario del último mes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extras.
Lo que NO se cobra en la jubilación ordinaria es indemnización por despido, ya que no hay despido. La jubilación es voluntaria (o legalmente obligatoria al alcanzar la edad) y no está indemnizada, salvo que el convenio colectivo establezca un premio de jubilación.
¿Qué conceptos incluye el finiquito por jubilación?
El finiquito por jubilación se compone de los mismos tres bloques que cualquier otro:
- Salario del último mes trabajado: los días desde el inicio del mes hasta la fecha de jubilación.
- Vacaciones no disfrutadas: generadas desde el 1 de enero hasta la fecha de jubilación. Al jubilarte, es habitual tener días pendientes que te pagan en el finiquito.
- Pagas extras: la parte proporcional devengada desde la última paga cobrada.
Además, algunos convenios colectivos establecen un premio de jubilación: una cantidad económica extra (por ejemplo, una mensualidad por cada 5 años de antigüedad) que se paga junto con el finiquito como reconocimiento a los años de servicio.
Ejemplo de finiquito por jubilación
Luis se jubila el 30 de junio de 2026 tras 35 años en la empresa. Salario: 2.000 €/mes (pagas no prorrateadas).
Salario del mes: 2.000 € (mes completo).
Vacaciones: 6 meses × 2,5 = 15 días generados. Ha disfrutado 5. Pendientes: 10 días. (2.000 ÷ 30) × 10 = 666,67 €.
Paga extra de verano: 2.000 € (semestre completo, se la deben entera si no la ha cobrado aún).
Premio de jubilación (según convenio): 2 mensualidades = 4.000 €.
Total finiquito bruto: ~8.667 € (sin indemnización por despido).
¿El finiquito por jubilación tributa en el IRPF?
Sí. Todos los conceptos del finiquito por jubilación (salario, vacaciones y pagas extras) tributan como rendimiento del trabajo en el IRPF. Se te aplicará la retención que corresponda según tus ingresos anuales.
El premio de jubilación, si lo hay, también tributa en el IRPF. Sin embargo, puede beneficiarse de una reducción del 30% si se considera rendimiento del trabajo generado en más de 2 años, según el artículo 18 de la Ley del IRPF. Consulta con un asesor fiscal si tu caso aplica esta reducción.
Jubilación parcial y finiquito
La jubilación parcial es una modalidad en la que el trabajador reduce su jornada y salario mientras percibe parte de la pensión, y la empresa contrata a un relevista. En este caso:
- Si la jubilación parcial es el paso previo a la jubilación total, se cobra finiquito al finalizar la relación laboral completa.
- Durante la jubilación parcial, el contrato sigue vigente (con jornada reducida), por lo que no hay finiquito hasta el cese definitivo.
- El cálculo es igual: salario del último mes (con el salario reducido), vacaciones y pagas extras proporcionales.
Preguntas frecuentes sobre el finiquito por jubilación
¿Cuándo se cobra el finiquito por jubilación?
El finiquito por jubilación se cobra el mismo día de la finalización del contrato o en los días inmediatamente posteriores, igual que en cualquier otra extinción. La empresa suele coordinar el pago con la fecha de solicitud de la pensión de jubilación para que el trabajador no se quede sin ingresos durante la transición. Algunas empresas optan por pagarlo en la nómina del último mes junto con el salario habitual.
¿Puedo solicitar la jubilación y luego el paro?
No. La jubilación y el paro son incompatibles. Cuando te jubilas, pasas a ser pensionista y la prestación por desempleo se extingue. No puedes cobrar el paro después de jubilarte. Si estás cobrando el paro y alcanzas la edad de jubilación, la prestación por desempleo se suspende y pasas a cobrar la pensión de jubilación. La entidad gestora (SEPE o INSS) te informará de la fecha exacta del cambio.
¿Mi jefe se jubila: tengo derecho a finiquito yo?
Si tu empleador es una persona física (autónomo) y se jubila cerrando el negocio, tu contrato se extingue por causas objetivas. En ese caso, tienes derecho a finiquito completo más una indemnización de 20 días por año trabajado (máx. 12 mensualidades). No es una jubilación tuya, sino un despido objetivo por cierre del negocio. La indemnización debe pagártela el empleador y, si no puede, puedes reclamarla al FOGASA con ciertos límites.
Artículos relacionados
Calcula tu finiquito por jubilación
Usa nuestra calculadora gratuita para saber cuánto te corresponde al jubilarte. Introduce tu salario y obtén el desglose completo.
Ir a la Calculadora de Finiquito Gratis →Aviso legal: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para casos concretos, consulta con un abogado, graduado social o sindicato.