Actualizado a mayo de 2026 — Legislación española
Plazos de pago del finiquito: cuándo te lo tienen que ingresar y qué hacer si se retrasan
Has dejado tu trabajo o te han despedido. Has firmado el finiquito. Ahora toca esperar el ingreso. Pero ¿cuánto tiempo tiene la empresa para pagarte el finiquito? ¿Te lo pueden pagar junto con la nómina? ¿Y si se retrasan? En esta guía respondemos a todas las dudas sobre los plazos de pago y las consecuencias legales de los retrasos, según la legislación española de 2026.
¿Hay un plazo legal para pagar el finiquito?
El Estatuto de los Trabajadores no fija un plazo concreto para el pago del finiquito, a diferencia de lo que ocurre con la indemnización por despido (que la empresa debe poner a disposición del trabajador en el mismo momento de la entrega de la carta de despido). Sin embargo, la jurisprudencia y la costumbre han consolidado una regla clara: el finiquito debe abonarse el mismo día de la finalización del contrato o, como máximo, en los días inmediatamente posteriores.
Algunos convenios colectivos sí establecen plazos concretos. Por ejemplo, ciertos convenios del sector de la construcción fijan 48 horas, y otros del sector servicios establecen un máximo de 72 horas. Si tu convenio no dice nada, aplica la regla general: pago inmediato o en días muy próximos a la extinción.
Clave práctica
Revisa tu convenio colectivo. Si establece un plazo concreto de pago, la empresa está obligada a cumplirlo. Si no lo hace, incurre en mora y puedes reclamar intereses.
¿El finiquito se paga junto con la nómina o por separado?
Lo habitual es que el finiquito se pague en un recibo de liquidación independiente, no dentro de la nómina mensual. La razón es que el finiquito incluye conceptos distintos (vacaciones, pagas extras, posible indemnización) y debe quedar documentado como cierre definitivo de la relación laboral.
Dicho esto, algunas empresas optan por hacer una transferencia única que incluye tanto la nómina del último mes como el finiquito. Esto no es ilegal siempre que el documento de liquidación desglose claramente cada concepto. Lo que no debe ocurrir es que el finiquito «desaparezca» dentro de la nómina sin detallar los conceptos extraordinarios que lo componen.
Multa por retraso en el pago del finiquito: ¿existe?
Sí. Si la empresa se retrasa en el pago del finiquito sin causa justificada, incurre en mora y está obligada a pagar un interés del 10% anual sobre las cantidades adeudadas, según el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. Este interés se aplica desde la fecha en que debió pagarse el finiquito hasta que efectivamente se abone.
Además del interés moratorio, si el retraso es prolongado o hay indicios de mala fe, el trabajador puede reclamar una indemnización adicional por daños y perjuicios. Los tribunales han reconocido esta posibilidad en casos donde el impago causó un perjuicio económico demostrable al trabajador (por ejemplo, no poder hacer frente al alquiler o a préstamos).
| Situación | Consecuencia para la empresa | Plazo de reclamación |
|---|---|---|
| Retraso leve (< 1 mes) | Interés moratorio del 10% anual | 1 año |
| Retraso grave (> 1 mes) | Interés + posible indemnización por daños | 1 año |
| Impago total (no te pagan nada) | Interés + reclamación judicial + costas | 1 año |
¿Cuándo se cobra realmente el finiquito?
Aunque la ley habla de «inmediatez», en la práctica el tiempo de cobro depende mucho de la empresa. Según la experiencia más habitual:
- Empresas grandes con departamento de RRHH: el finiquito suele estar disponible el mismo día de la baja o al día siguiente. La transferencia puede tardar 24-48h en reflejarse.
- PYMES y autónomos: puede demorarse unos días si la gestoría prepara la liquidación. Lo normal es recibirlo en un plazo de 3 a 7 días.
- Administración pública: los plazos son más largos debido a los trámites burocráticos. Puede tardar entre 15 y 30 días.
Si han pasado más de 10-15 días desde tu último día trabajado y no has recibido el finiquito, es recomendable enviar un burofax o correo electrónico certificado a la empresa reclamando el pago. Esto deja constancia escrita y marca el inicio formal del retraso de cara a una posible reclamación judicial.
Preguntas frecuentes sobre los plazos de pago
¿Qué hago si la empresa no me paga el finiquito?
El primer paso es enviar una reclamación por escrito (burofax o email certificado) exigiendo el pago. Si no hay respuesta en unos días, presenta una papeleta de conciliación en el SMAC de tu comunidad autónoma. Si no hay acuerdo, el siguiente paso es la demanda judicial ante el Juzgado de lo Social. Tienes un año de plazo desde la fecha en que debió pagarse. Si el impago es de la indemnización por despido, el plazo para reclamar el despido en sí es de solo 20 días hábiles. No confundas ambos plazos.
¿Puedo reclamar intereses si me pagan tarde?
Sí. El artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores establece un interés de mora del 10% anual sobre las cantidades salariales adeudadas. Si tu finiquito era de 2.000 € y te lo pagan con 3 meses de retraso, la empresa te debe 2.000 € + 50 € de intereses (10% anual ÷ 4 trimestres). Puedes reclamar estos intereses junto con el principal en la papeleta de conciliación. Los tribunales los conceden de forma prácticamente automática cuando se acredita el retraso.
¿Afecta el tipo de cese al plazo de pago del finiquito?
No. Da igual que sea una baja voluntaria, un despido disciplinario o un fin de contrato temporal: el plazo de pago del finiquito es el mismo en todos los casos. Lo que sí cambia es el plazo para impugnar el despido (20 días hábiles), que es independiente del plazo para reclamar cantidades (1 año). Si te han despedido y además no te pagan el finiquito, tienes dos plazos distintos corriendo en paralelo. No dejes pasar ninguno.
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