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Actualizado a mayo de 2026 — Legislación española

¿El finiquito se declara en la renta? IRPF, retenciones y exenciones según el tipo de cese

Has cobrado tu finiquito y ahora llega la campaña de la declaración de la renta. La pregunta inevitable: ¿el finiquito se declara en la renta? La respuesta no es un simple sí o no: depende de qué conceptos incluya tu liquidación y del tipo de cese. En esta guía te explicamos exactamente qué partes del finiquito tributan en el IRPF, cuáles están exentas y qué retención te aplicarán.

✎ Nota del editor: Hacienda no perdona. He visto a compañeros llevarse un susto en la declaración porque no sabían que la indemnización exenta tiene un límite y lo que lo supera tributa. Si tu empresa te ha pagado más de lo que marca el Estatuto, el exceso paga IRPF. Revisadlo antes de gastaros todo el finiquito.
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¿El finiquito tributa en el IRPF?

Depende del concepto. El finiquito no es una única partida, sino la suma de varias. Hacienda trata cada una de forma distinta:

Concepto del finiquito¿Tributa en IRPF?Tipo de retención
Salario del último mesSegún tramo IRPF
Vacaciones no disfrutadasSegún tramo IRPF
Pagas extrasSegún tramo IRPF
Indemnización por despidoExenta (hasta límite legal)0% (parte exenta)

Como ves, la indemnización es la única parte que puede estar exenta. El resto del finiquito tributa como rendimiento del trabajo.

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Indemnización exenta: ¿hasta cuánto?

La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el límite establecido en el Estatuto de los Trabajadores para cada tipo de cese:

Si tu empresa te paga una indemnización superior a ese límite (por ejemplo, porque tu convenio colectivo establece una mejora), el exceso sí tributa como rendimiento del trabajo y te aplicarán la retención correspondiente.

Caso práctico

Te despiden de forma improcedente tras 5 años. Cobras 10.000 € de indemnización. El límite exento son 33 días × 5 años = 165 días de salario. Si tu salario diario es 60 €, el límite exento es 165 × 60 = 9.900 €. Esos 9.900 € no tributan. Los 100 € restantes (10.000 − 9.900) sí tributan en el IRPF.

¿Qué retención de IRPF te aplican al finiquito?

La empresa está obligada a aplicar la retención de IRPF que corresponda sobre los conceptos salariales del finiquito (salario, vacaciones y pagas extras). El porcentaje depende de tus ingresos anuales totales y de tu situación familiar, igual que en una nómina normal.

Sobre la indemnización exenta, la retención es 0%. La empresa no debe retener nada de esa parte. Si te han retenido de la indemnización, Hacienda te lo devolverá al hacer la declaración.

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¿Cómo se refleja el finiquito en el borrador de la renta?

Cuando recibas tu borrador de la declaración de la renta, los conceptos del finiquito aparecerán en la casilla de rendimientos del trabajo. La empresa comunica a Hacienda todas las cantidades pagadas a través del modelo 190. Deberías ver:

Revisa que los importes coincidan con el certificado de retenciones que te entregó la empresa. Si hay discrepancias, corrígelas antes de confirmar el borrador.

Preguntas frecuentes sobre finiquito e IRPF

¿Puedo fraccionar el pago del IRPF del finiquito?

No. El finiquito no se puede fraccionar a efectos de IRPF. La retención se aplica en el momento del pago, como en cualquier nómina. Lo que sí puedes hacer es solicitar a la empresa que te ajuste el tipo de retención si prevés que tus ingresos anuales van a ser menores de lo habitual (por ejemplo, porque solo has trabajado medio año). Si la empresa te ha retenido de más, Hacienda te lo devolverá al hacer la declaración.

¿La indemnización por baja voluntaria tributa?

En la baja voluntaria no hay indemnización, así que no hay nada que tributar por ese concepto. Todo el finiquito de una dimisión (salario, vacaciones y pagas extras) tributa como rendimiento del trabajo normal. No hay ninguna parte exenta porque no existe concepto indemnizatorio. Esta es una de las diferencias fiscales más importantes entre dimitir y ser despedido.

¿Qué pasa si Hacienda me reclama por el finiquito?

Si Hacienda detecta que la empresa no aplicó la retención correcta o que declaraste mal la indemnización exenta, puede iniciar un procedimiento de comprobación. Lo normal es que te envíen una liquidación complementaria reclamándote la diferencia de IRPF no ingresada. Si la empresa fue la que no retuvo correctamente, la responsabilidad es de la empresa, no tuya. En ese caso, Hacienda reclamará a la empresa. Si el error fue tuyo al declarar, puedes presentar una declaración complementaria para corregirlo sin sanción.

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Aviso legal: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal. Para tu caso concreto, consulta con un asesor fiscal o gestor.